8º.- OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES

8º.- OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES

Todos los participantes tendrán prohibido circular fuera del convoy establecido por la organización, circulando en todo momento entre los vehículos de apertura y cierre de marcha, no existiendo entre ambos una distancia superior a los 1.000 metros. El participante que no pueda seguir reagrupado y cause la separación entre ambos vehículos, superior a la distancia establecida, será subido al furgón o coche escoba y reanudará la marcha en la siguiente parada de reagrupamiento.

            Todos los participantes en la marcha quedarán oficialmente inscritos en la Hoja de Inscripciones de la Federación, para lo cual será imprescindible que cada ciclista presente la licencia federativa ordinaria, en vigor, suscrita por la Real Federación Española de Ciclismo, provista por tanto e individualmente de los correspondientes seguros de accidente y responsabilidad civil.

            Los participantes provistos de licencia federativa ordinaria abonarán la cuota de inscripción establecida en los Reglamentos de la prueba y podrán inscribirse con 30 minutos de antelación a la hora de salida de la marcha, previa presentación de dicho documento.

            Para los participantes NO FEDERADOS, la organización solicitará a la Federación Extremeña de Ciclismo la correspondiente “Licencia de Un Día” para que cada uno disponga de su seguro de accidente. La inscripción de estos participantes se cerrará TRES DIAS antes del inicio de la prueba, previo abono por transferencia bancaria o ingreso en la cuenta del club organizador de la cuota de inscripción establecida en los Reglamentos de la prueba, tras lo cual la organización enviará la relación de estos participantes a la Federación y abonará las tasas correspondientes a sus seguros de accidente.

                        Así mismo, la Federación Extremeña de Ciclismo podrá certificar en caso necesario que el Club Organizador tiene abonadas las tasas correspondientes a la Licencia de Club para la temporada 2012, a efectos de seguro y responsabilidad civil de las actividades deportivas que organice en dicha temporada, así como, el abono de las tasas federativas de aprobación de Reglamentos de esta prueba.